Me he topado con muchas personas que me expresan que eso de la AFORE es totalmente complicado de entender. La verdad es que, yo misma, antes de dedicarme al ramo de finanzas personales, tampoco tenía claridad en el tema, más bien no tenía idea qué era y tampoco era un tema que me quitara el sueño.

Si consideras que eres de las personas que, como yo en su momento, no tienes idea de qué es AFORE, cómo funciona y tampoco te quita el sueño –pues ves el momento de retiro tan lejano porque al día de hoy eres joven y bello– te conviene leer esto.

El primer día que inicié mi vida laboral – a los 20 años-  me dijeron: «tienes que traer los siguientes documentos: acta de nacimiento, comprobante de domicilio no mayor a 3 meses, CURP, hoja rosa del IMSS y tu alta en la AFORE» – Claro, en ese momento yo no tenía ni idea de los 2 últimos -. Salí feliz porque me habían contratado. Gracias a una amiga, a quien también habían contratado en el mismo lugar, que por suerte tenía más información que yo, investigué en dónde tenía que darme de alta en el IMSS. Fui a la subdelegación que me correspondía, me dieron la hoja rosa y me dijeron: «ve a cualquier banco para solicitar tu AFORE». Para que me contrataran debía de llevar los papeles máximo en 3 días, así que fui al primer banco que me encontré y obtuve mi AFORE.

Espero que tú hayas tenido más información que yo, porque la verdad solo cumplí con el trámite por entrar al trabajo que quería.

Antes de seguir, y para que aproveches más esta publicación, te sugiero que tengas claros «Los 5 conceptos que a «tu viejito» le conviene saber«. Los puedes encontrar por separado en esta liga o para facilitar tu lectura los incluimos abajo:

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«Los 5 conceptos que a «tu viejito» le conviene saber»

 1.¿Qué es la AFORE?

Es una Administradora de Fondos para el Retiro. Su finalidad es el manejo de los fondos para el retiro de los trabajadores. Las AFORES son empresas financieras debidamente autorizadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y supervisadas por la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro).

(Es una cuenta para tu retiro que te administra alguien –Bancos, Aseguradoras, Instituciones– que tú elijes o que te eligieron porque no lo hiciste tú)

2. ¿Quién puede hacer uso de una AFORE?

Si estás afiliado al IMSS, ya la hiciste.

3. ¿Cómo funcionan las AFORES?

Las AFORES no son un banco, ni una aseguradora. Son instituciones que se dedican exclusivamente a administrar e invertir los recursos depositados en la cuenta individual de los trabajadores y tienen el objetivo de ofrecer al trabajador una pensión en el momento de su retiro.

4. ¿Qué es la cuenta individual y qué aportaciones se registran en ella?

Es la cuenta personal y única de cada trabajador administrada por la AFORE. Durante tu vida laboral como trabajador se acumulan las aportaciones que realizan:

1. El patrón.

2. El gobierno.

3. TÚ (Trabajador).

A su vez, las aportaciones que se registran son:

• Retiro, Cesantía y Vejez (RCV).

• Cuota Social.

• Aportaciones voluntarias.

• Aportaciones complementarias.

• Subcuenta de SAR 92 (para los trabajadores que cotizaron antes de julio de 1997).

• Vivienda.

5. ¿Qué es la subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV) y Cuota Social (CS)?

En esta subcuenta se depositan las aportaciones tripartitas, es decir: las que realizan tu patrón, el gobierno federal y TÚ como trabajador. Las aportaciones son bimestrales y se realizan en la siguiente proporción por cada día cotizado en el IMSS:

  • Patrón: el 2% de tu salario base de cotización para retiro y 3.15% de tu salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez.
  • Gobierno: 0.225% del salario base de cotización por cesantía en edad avanzada y vejez.
  • TÚ como Trabajador: 1.125% sobre el salario base de cotización.
  • Cuota Social: la aporta el gobierno y depende de los Salarios Mínimos que perciba el trabajador. Para trabajadores que ganan más de 15 Salarios Mínimos no hay cuota social.

Entonces, en total, a este rubro aportas 6.5% de tu sueldo. (tú me dirás: ¿con el 6.5% de tu sueldo podrás conservar el nivel de vida que llevas?)

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Después de esto, podemos regresar al tema central.

Tienes que tener presente cuándo iniciaste a laborar formalmente, es decir, cuándo te inscribiste al IMSS por primera vez como empleado.

Si iniciaste como empleado antes de 1997, sigue leyendo el inciso A), si no pasa al B).

A) En tu caso, si decides pensionarte entre 60 y 65 años, hay una gran diferencia, pues dependiendo de la edad, será la cantidad que recibirás, aquí te pongo la siguiente tabla:

Tu pensión dependerá del promedio de sueldo con el que cotizaste en el IMSS los últimos 5 años.

¿Qué necesitas?

  • Tener reconocidas en el IMSS un mínimo de 500 semanas cotizadas.
  • Tener 60 años cumplidos
  • Que ya no trabajes más. (No puedes recibir dinero por trabajo).

Ejemplo:

Si tu sueldo promedio de los últimos 5 años es de $20,000 pesos, cotizaste 500 semanas y te pensionas a los 60 años, te toca una pensión de $3,750.00 pesos (los $3,750.00 pesos corresponden a la multiplicación de  $20,000 del promedio de los 5 años multiplicados por el porcentaje de pensión correspondiente a edad 60, que es de 75% y, multiplicados nuevamente por el porcentaje de pensión correspondiente a las 500 semanas cotizadas, que es del 25%).

Si te esperas a tus 65 años te tocan $5,000.00 pesos (los $5,000.00 pesos corresponden a la multiplicación de $20,000 del promedio de los 5 años multiplicados por el porcentaje de pensión correspondiente a edad 65, que es de 100% y, multiplicados nuevamente por el porcentaje de pensión correspondiente a las 500 semanas cotizadas, que es del 25%).

Ahora bien, si con el mismo sueldo cotizaste 1000 semanas y tienes 60 años te tocan $7,500.00 pesos, ($20,000 x 75%= $15,000 x 50%= $7,500).

Si te esperas a los 65 años te tocan $10,000.00 pesos. Con 1500 semanas a tus 60 años recibes $11,250.00 y a los 65 años $15,000.00 pesos.

Por lo tanto, ¡aguas! Revisa bien cuántas semanas cotizadas tienes y cuál es el promedio los últimos 5 años antes de dar el paso.

B) Entonces tú iniciaste a trabajar formalmente después del 1997, me refiero a que te emplearon y te dieron sueldo más prestaciones. En tu caso,es más sencillo, no hay tanto que multiplicar. Si ganas entre 1 y 13 salarios mínimos, o sea, entre $1869.90 y $24,308.70 mensuales, tienes garantizada la pensión de $1,869.90 pesos.

Si ganas entre 14 y 25 salarios mínimos, o sea, entre $26,178.60 y $46,747.50 mensuales, tu pensión osilará entre $1,998.63 y $3,568.98 pesos. El rango de tu pensión va subiendo $142.76 por cada salario mínimo adicional,  hasta llegar a los 25 salarios mínimos que es el tope máximo, con la pensión máxima de $3,568.98 pesos.

¿Y la Cheyenne apá? O sea, ¿y lo que he aportado a mi AFORE?, ¡Ahhh! pues aquÍ viene la elección de tu vida, entre tu pensión por AFORE o la mínima garantizada.  Si tú estás en el rango de 1 a 13 salarios mínimos, suponiendo que en tu AFORE lograste juntar $500,000 pesos, eso te lo dividen entre los años que te queden de vida (la esperanza de vida, que pongamos que para ese momento, sea de 25 años más), entonces tendrás $1,666.67 pesos de pensión de la AFORE o bien, la pensión mínima garantizada que ya tienes por ley de $1,869.90, ¿cuál eliges?

¿Qué necesitas para pensionarte?
• Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas, o sea, 24 años.
• Tener 60 años para retirarte por cesantía ó 65 por vejez.

Ahora, la pregunta  ¿te va a alcanzar o no? Eso tú lo decides desde ahorita, no esperes a llegar a la edad para hacer las cuentitas felices… o más bien, infartadoras.

¡AHORA YA LO SABES! Te toca decidir si TÚ quieres hacerte responsable de «TU viejito» o se lo dejas a la buena voluntad de alguien más, que pueda darte una caridad.